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Frena Profepa daño ambiental

En Laguna Nichupté

Cancún, Q. Roo.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un área aproximada a 450 metros cuadrados dentro del proyecto suspendido y en litigio de lo que sería su hotel Riviera Cancún.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró una zona del Polígono 9, en el interior del Área Natural Protegida denominada Área de Protección de Flora y Fauna Manglares de Nichupté, en Cancún, por la afectación de Mangle.

Personal de inspección de esta procuraduría defensora del ambiente detectó actividades de poda efectuada con motosierra y machete, y tala en la vegetación que significó afectación de 126 ejemplares de Manglar Rojo (Rhizophora mangle) y uno de Manglar Negro (Avicennia germinans), especies en estatus de riesgo y listadas en la Norma  Oficial Mexicana NOM-059-Semarnat-2010, bajo la categoría de Amenazada (A).

Las actividades se llevaron a cabo sin autorización emitida por la autoridad federal normativa competente, por lo que con fundamento en  el artículo 117, fracciones II y III, de la Ley General de Vida Silvestre  (LGVS) se impuso como medida de seguridad la suspensión total temporal de los trabajos y actividades de poda y tala de la vegetación de manglar.

También, la clausura temporal total de la zona o área comprendida dentro del Polígono 9 del Área de Protección de Flora y Fauna Manglares de Nichupté.

La clausura fue en un área aproximada a 450 metros cuadrados dentro del proyecto suspendido y en litigio de lo que sería su hotel Riviera Cancún.

Hace ya casi un año, el 6 de septiembre de 2017, el proyecto, ubicado en Punta Nizuc, fue suspendido por orden del juez cuarto de distrito, Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez, en cumplimiento a un amparo contra las licencias que otorgaron los gobiernos federal, estatal y municipal para permitir el desarrollo del complejo de 530 habitaciones y 20 niveles, en un área rodeada por dos Áreas Naturales Protegidas (ANP).

De acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, su Reglamento y las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 (4 mil 30 pesos) y hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización (4 millones 30 mil pesos) vigente en la Ciudad de México.

Conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión.

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